tag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post5909979750407368979..comments2024-03-18T18:13:54.084-03:00Comments on Panorama Registral: El Permiso Notarial de CirculaciónUnknownnoreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post-31636722549498935822023-02-28T15:39:51.695-03:002023-02-28T15:39:51.695-03:00Hola lector, estás posteando la consulta en una pá...Hola lector, estás posteando la consulta en una página Web muy vieja de Panorama. Si gustás la repuesta patrocinada por la revista podés hacerlo desde este link: https://panoramaregistral.com.ar/consultas-registrales/Panorama Registralhttps://www.blogger.com/profile/04621863974295594075noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post-19189240894795583762023-02-28T09:55:18.355-03:002023-02-28T09:55:18.355-03:00Hola muy buen día. No estoy seguro si la consulta...Hola muy buen día. No estoy seguro si la consulta tendrá respuesta por este medio, pero la formulo.<br />Quisiera despejar duda respecto a los casos con cedula de identificación (cedulas verde) que NO tienen vencimiento, sea por tener el espacio anulado con guiones o sin la leyenda "vence" directamente. Estas cedulas las he visto además con la inscripción "Uso Oficial"; "Taxi" o "Transporte de carga/Pasajeros. Habilitado no vence". Por lo que pude averiguar oportunamente, en el caso de los "Uso Oficial", el conductor debe acreditar ser dependiente del titular, que generalmente (o al menos fue lo que siempre vi) es una repartición publica. Y aquí comienzan mis dudas; En el caso de los "Taxi", solo el titular y un chofer (con la acreditación correspondiente mediante las tarjetas) podrían conducirlo? Y respecto a los "Transporte de carga/Pasajeros. Habilitado no vence", que los he visto en vehículos afectados al servicio de alquiler, podría solo conducirlos el titular y/o el arrendatario muñido del contrato de alquiler? En definitiva, en los dos últimos supuestos la duda radica en si al no tener vencimiento la cedula, solo pueden conducirlo las personas relacionadas a la explotación/actividad comercial a la que esta afectado el vehículo en cada caso (además de los titulares desde ya), o por el contrario podrían ser conducidos por cualquier otra persona, operando entonces el no vencimiento de esa cedula como una permisión mas laxa de uso del vehículo? <br />En definitiva, por cualquiera que simplemente posea la cedula y demás documentación reglamentaria para circular.<br />Y por ultimo, en los casos de que el titular resulte ser una persona jurídica (taxis o vehículos de alquiler), el representante legal podría conducir acreditando tal extremo, al igual que puede un autorizado mediante poder ante escribano, es correcto?<br />Desde ya, muchísimas gracias.-Ferhttps://www.blogger.com/profile/13644138028040204446noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post-45732161636412345982016-05-22T15:13:08.634-03:002016-05-22T15:13:08.634-03:00Hola Summer, como siempre, solicitamos formular lo...Hola Summer, como siempre, solicitamos formular los comentarios con nombre y apellido del lector, para así garantizar la transparencia de nuestros espacios. Y en este caso en particular, también nos aclares a qué te referís cuando calificas la retención de documentación como "muy usada". Saludos y gracias por tu participación.Panorama Registralhttps://www.blogger.com/profile/04621863974295594075noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post-10699858659954032212016-05-21T19:35:26.041-03:002016-05-21T19:35:26.041-03:00DR. MASCHERONI, que opion le merece la retencion ...DR. MASCHERONI, que opion le merece la retencion de documentacion de ACARA, MUY USADA?. GRACIASAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/15113819239439131684noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post-45268256411505380472015-12-30T00:42:12.371-03:002015-12-30T00:42:12.371-03:00Desde "Panorama Registral" solicitamos f...Desde "Panorama Registral" solicitamos formular siempre los comentarios con nombre y apellido del lector, para así garantizar la transparencia de nuestros espacios, Saludos!Panorama Registralhttps://www.blogger.com/profile/04621863974295594075noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post-24909208254245030202015-12-30T00:40:31.933-03:002015-12-30T00:40:31.933-03:00El Dr. Eduardo Mascheroni responde que "No, n...El Dr. Eduardo Mascheroni responde que "No, no está permitido, el que conduce debe portar un carné de conducir vigente y la cédula de autorizado a conducir o permiso notarial de circulación, aunque en el vehículo viaje el titular, no hay excepción alguna en la normativa vigente (arts. 22 y 23 del régimen juridico del automotor y art. 40 de la ley de tránsito), por ende, quien conduzca, debe estar autorizado por el titular o bien conducir con la cédula de identificación (o verde) vigente (menos de un año de emitida)".Panorama Registralhttps://www.blogger.com/profile/04621863974295594075noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5371770482289544671.post-55755614848435873462015-12-29T19:27:37.908-03:002015-12-29T19:27:37.908-03:00con respeto a conducir el automovil teniendo solo ...con respeto a conducir el automovil teniendo solo al titular de acompañante... esta permitido????Anonymousnoreply@blogger.com