¿Por
qué algo tan simple como la presentación y recepción de un trámite
registral puede convertirse en algo complicado y hasta en algunas ocasiones
un problema?
Esta
pregunta vino a mi mente cuando no uno sino varios mandatarios se acercaron a consultarme, ya sea por teléfono
o en forma personal, porque habían tenido dificultades en el momento de la presentación
de los trámites.
Este
es un tema previsto en el Digesto de
Normas Técnico Registrales, Titulo I, Capitulo II, Sección 2°, artículos 1°, 2°
y 3°, razón por la cual debería ser claro para todos.
Cuando
un mandatario o un particular llega al registro a presentar un trámite, con las
Solicitudes Tipo correspondientes, nuestro
deber es recepcionar el mismo. Nunca
podemos negarnos a ello. En ese momento realizamos la admisión del mismo,
cobramos el arancel correspondiente y entregamos un recibo al presentante, con
el cual retirará el trámite una vez procesado dentro del plazo de 48 horas
establecido en el artículo 1°, si todo estuviese correcto. La recepción no implica que el trámite esté correcto, una vez recepcionado viene
creo yo la parte más importante, el control, un aspecto muy importante porque
es ahí en donde verificamos que todo esté bien y que cumpla con todo lo
establecido en el D.N.T.R. para el mismo. En caso de encontrar algún error o
detectar algún tipo de irregularidad nuestro deber es observar el mismo, como
lo establece el artículo 2°. Y aquí quiero destacar algo simple pero que fue
motivo de varias de las consultas que me hicieron, el formulario de observación
se confecciona por duplicado, el original se entrega al usuario y el duplicado
se agrega al legajo. Con la implementación del SURA queda más que claro que se admite el trámite y luego se observa, ya
que la planilla de observación se hace dentro del sistema y únicamente
podemos hacerla una vez admitido el trámite. El mandatario o el presentante tiene
todo el derecho de reclamar la planilla de observación ya que así lo establece
el D.N.T.R.
Otro
aspecto que es importante es que cuando
observamos un trámite tiene que ser con fundamento, ya sea avalado por el
D.N.T.R., Circulares o Disposiciones establecidas por la Dirección Nacional, y
en mi opinión debemos dejar constancia de ello en la planilla de observación.
Como
pueden ver no es nada complicado y creo yo si todos cumplimos con lo que
establece el D.N.T.R. no tendría que
generarse ningún tipo de problema en el acto de recepción y presentación de
trámites.
Maria
del Valle Gastaldi
Encargada
Suplente Registro Motovehiculos
Seccional
Gral. Cabrera "A" -28009
No hay comentarios:
Publicar un comentario